Política de Cumplimiento

ESTADO DE REVISIÓN/MODIFICACIÓN DE DOCUMENTOS
Edición No.FechaRazón de la revisión
00 08/08/2023 Edición Inicial
Preparado por
Responsable SIG
Revisado por
Directora General
Aprobado por
CEO
Nombre: Fátima Guillén Grande
Fecha: 08/08/2023
Nombre: Agathi Kanellou 
Fecha: 15/08/2023
Nombre: Fátima Guillén Grande
Fecha: 15/08/2023

La Dirección de MCI, consciente de la importancia de definir y documentar su Política de Cumplimiento, ha ordenado la implementación de un Sistema de Gestión de Cumplimiento independiente y debidamente autorizado. El propósito es llevar a cabo trabajos de acuerdo con los Procedimientos del Sistema prescritos y asegurar el cumplimiento aplicable a la organización y los requisitos contenidos en el Sistema de Gestión de Cumplimiento, en beneficio de los clientes y la sociedad en general.

Por lo tanto, se alinea con sus valores éticos, reafirmando el compromiso de MCI de mantener un comportamiento respetuoso tanto hacia las regulaciones como hacia los valores éticos, definiendo su marco de principios de cumplimiento.

Esta Política está alineada con la cultura de integridad de MCI y el respeto por las regulaciones, teniendo en cuenta no solo los intereses de la organización, sino también las demandas que puedan surgir de sus partes interesadas. En este sentido, es un texto alineado con los objetivos estratégicos de MCI y, en consecuencia, con su determinación de no tolerar ninguna conducta dentro de su organización que pueda constituir un delito.

Por lo tanto, se requiere el máximo compromiso de la Dirección, así como de todos los miembros de MCI.

A continuación se detallan las principales responsabilidades del Órgano de Cumplimiento, estructuradas de manera sistemática:

● Promover y supervisar de forma independiente la implementación del Sistema de Gestión de Cumplimiento, asegurando que todas las partes afectadas por este documento tengan acceso a las reglas de cumplimiento de la Organización.

● Identificar obligaciones de cumplimiento, mantenerlas actualizadas y difundirlas entre los Miembros de la Organización.

● Identificar y gestionar riesgos de cumplimiento, analizarlos y evaluarlos para priorizar acciones y asignar recursos para su prevención, detección y gestión.

● Promover el uso de canales de denuncia implementados en MCI y garantizar la ausencia de represalias contra el denunciante.

● Promover la conciencia y ciclos de formación que permitan a las partes afectadas por este documento tener el conocimiento y las habilidades necesarias para asumir sus responsabilidades respecto a la prevención, detección y gestión de riesgos de cumplimiento. Asimismo, es responsable de promover la difusión e implementación de programas de formación en cumplimiento, fomentando la difusión y asegurando el cumplimiento del Código de Ética y Conducta de MCI, así como de sus políticas y procedimientos de Cumplimiento.

● Asesorar no solo a la Dirección de MCI, sino también a cualquier otro miembro de la Organización que requiera asistencia del Comité de Cumplimiento y proporcionar informes al Órgano de Gobierno y a la Alta Dirección sobre los resultados derivados de la ejecución del Sistema de Gestión de Cumplimiento y su desempeño.

● Identificar adecuadamente, en el formato apropiado, no solo la información de los pilares del Sistema de Gestión de Cumplimiento, sino también la documentación derivada de su ejecución, asegurando que esté disponible (excepto la información que, por razones de confidencialidad, solo sea accesible para ciertas áreas de la Organización), adecuada para su uso, y permita la trazabilidad del acceso y la preservación de su legibilidad, promoviendo una cultura que exige el cumplimiento de los principios básicos de comportamiento responsable para todos los profesionales asociados con MCI.

● Medir el rendimiento del Sistema de Gestión de Cumplimiento de la Organización a través de indicadores, asegurando que todos sus elementos funcionen correctamente y promoviendo su revisión y mejora continua.

En la medida en que el cumplimiento de la ley y el desarrollo adecuado del sistema de gestión de Cumplimiento es responsabilidad de todos los miembros de MCI, se espera que, independientemente de su posición dentro de la organización, garanticen el cumplimiento de las disposiciones de este documento, observando siempre un comportamiento ético y absteniéndose de participar en actividades delictivas. También deben seguir prontamente cualquier instrucción recibida del Órgano de Cumplimiento en el ejercicio de las funciones mencionadas anteriormente.

Todos los miembros de la organización son responsables de comprender, observar e implementar las disposiciones de esta Política de Cumplimiento, colaborar con el Órgano de Cumplimiento, el órgano de gobierno y la alta dirección cuando sea necesario, y adherirse a los comportamientos esperados delineados en el mencionado Código de Ética y Conducta.

Además, se espera que todos los miembros de la organización informen de inmediato al Órgano de Cumplimiento cualquier acción tomada para prevenir o remediar la posible comisión de un delito o delito potencial del que tengan conocimiento o que se esté gestionando sin intervención aparente del Órgano de Cumplimiento.

Además, se espera que todos los miembros de la organización se adhieran a esta Política de Cumplimiento, asistan a sesiones de capacitación determinadas por su rol o posición dentro de la organización en materia de Cumplimiento y proporcionen prontamente cualquier información y documentación solicitada por el Órgano de Cumplimiento.

Esta Política se proporciona y se pone a disposición de todos los Miembros de la Organización en la intranet corporativa.

Además, MCI pondrá esta Política a disposición de sus socios comerciales a través de su sitio web corporativo.

Para los Miembros de la Organización que ocupen posiciones particularmente expuestas al riesgo criminal, se solicitará su declaración anual de cumplimiento con esta Política de Cumplimiento.

De acuerdo con las disposiciones del Código de Ética y la Política de Cumplimiento, todas las personas afectadas por este documento, independientemente de su nivel jerárquico y ubicación geográfica o funcional, tienen la obligación de cumplir con los principios y procedimientos establecidos en estos textos, en la medida en que les sean aplicables.

Asimismo, con el fin de garantizar la correcta implementación del sistema de gestión de Cumplimiento, se les anima a informar cualquier violación del mismo a través del Canal de Denunciantes de MCI.

Para verificar el párrafo anterior, MCI cuenta con un Sistema Disciplinario en asuntos de Cumplimiento que sirve como guía interna para demostrar la efectiva implementación del Sistema de Gestión de Cumplimiento de MCI, y como medio para sancionar, bajo las regulaciones laborales vigentes o cualquier otra regulación aplicable debido a la relación profesional con MCI, violaciones y no cumplimientos con el cuerpo normativo del Sistema de Gestión de Cumplimiento aplicable a la organización, que incluye, entre otros: el Código de Ética y Conducta de MCI, sus políticas y procedimientos internos, así como las leyes y regulaciones aplicables o las mejores prácticas del mercado.

Por lo tanto, el Sistema Disciplinario cumple con las disposiciones de nuestro Código Penal y también se aplica a otros casos de incumplimiento previstos en el Sistema de Gestión de Cumplimiento.

Las medidas adoptadas desde una perspectiva laboral estarán en cumplimiento con las regulaciones aplicables, sin perder su eficacia o proporcionalidad a la gravedad de los hechos subyacentes, e informando, si es necesario, a los Representantes Legales de los Trabajadores.

En caso de que se confirme que las acciones de cualquier Miembro de la Organización puedan constituir un delito atribuible a la persona jurídica, esta circunstancia se pondrá en conocimiento de las Autoridades Públicas competentes para su conocimiento y persecución. Esta comunicación estará acompañada de las pruebas y/o indicaciones que se hayan recopilado al respecto.

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