Política de Cumplimiento
1. Propósito
La Dirección de MCI consciente de la conveniencia de definir y poner por escrito su Política de Compliance, ha ordenado la implantación de un Sistema de Gestión de Compliance, independiente y con autoridad suficiente, con el objeto de desarrollar los trabajos de acuerdo con lo prescrito en los Procedimientos del Sistema, y para asegurar a los clientes y a la sociedad en general el cumplimiento aplicable a la organización y los requisitos contenidos en el Sistema de Gestión de Compliance.
Por consiguiente, enlaza con sus valores éticos, ratificando la voluntad de MCI, de mantener una conducta respetuosa tanto con las normas como con sus valores éticos, definiendo para ello su marco de principios en materia de compliance.
Esta Política está alineada con la cultura de integridad y respeto hacia las normas de MCI y tiene en consideración no sólo los intereses de la organización sino también las exigencias que puedan provenir de sus Partes interesadas. En este sentido, se trata de un texto alineado con los objetivos estratégicos de MCI y, consecuentemente, con su determinación de no tolerar en su seno ninguna conducta que pueda ser constitutiva de delito.
Por ello, se requiere el máximo compromiso de la Dirección, así como del resto de miembros que conforman MCI.
2. Principios
A continuación, se agrupan, de forma estructurada, los principales cometidos del Órgano de Compliance:
- Impulsar autónomamente y supervisar la implementación del Sistema de gestión de Compliance, velando porque todos los Sujetos afectados por este documento tengan acceso a las normas de la Organización en materia de Compliance.
- Identificar las obligaciones de Compliance, manteniéndolas actualizadas y difundiéndolas a los Miembros de la Organización.
- Identificar y gestionar los Riesgos de compliance, analizándolos y valorándolos, a efectos de priorizar las acciones y asignación de recursos para su prevención, detección y gestión.
- Promover la utilización de los canales de denuncias implantados en MCI, y garantizar la inexistencia de represalias contra el denunciante.
- Impulsar ciclos de sensibilización y formación que permitan a los Sujetos afectados por este documento disponer del conocimiento y competencias necesarias para asumir sus responsabilidades en cuanto a la prevención, detección y gestión de Riesgos de compliance. Asimismo, le corresponde la promoción de la difusión e implantación de programas de formación en Compliance fomentando la difusión y velando por el cumplimiento del Código Ético y de Conducta de MCI y de las políticas y procedimientos de Compliance.
- Asesorar no sólo a la Dirección de MCI, sino también a cualquier otro miembro de la Organización que precise auxilio del Comité de Compliance y realizar reportes al Órgano de gobierno y a la Alta dirección sobre los resultados derivados de la ejecución del Sistema de gestión de Compliance y sobre su desempeño.
- Identificar debidamente y en el formato adecuado no sólo la información de los pilares del Sistema de gestión de Compliance, sino también la documentación derivada de su ejecución, facilitando que esté disponible (salvo aquella que, por motivos de confidencialidad, sólo sea accesible a determinadas áreas de la Organización), sea idónea para su uso y permita la trazabilidad de su acceso y la preservación de su legibilidad, promoviendo una cultura exigente con el cumplimiento de los principios básicos de comportamiento responsable de todos los profesionales vinculados con MCI.
- Medir el desempeño del Sistema de gestión de Compliance de la Organización a través de indicadores, vigilando que todos sus elementos operan de manera correcta, promoviendo además su revisión y mejora continua.
3. Obligaciones
En la medida en que el cumplimiento de la Ley y el correcto desarrollo del Sistema de gestión de Compliance compete a todos los que conforman MCI, se espera de todos ellos que, independientemente del cargo que ocupen en la Organización, velen por el cumplimiento de lo establecido en este documento, observando en todo momento una conducta ética y contraria a la comisión de ilícitos penales, y atiendan inmediatamente las indicaciones que puedan recibir del Órgano de Compliance en el ejercicio de las funciones descritas anteriormente.
Todos los Miembros de la Organización son responsables de comprender, observar y aplicar lo dispuesto en esta Política de Compliance, colaborando con el Órgano de Compliance, el Órgano de gobierno y la Alta dirección cuando sea necesario, y observando, especialmente, los comportamientos que se espera de ellos respecto del Código ético y de conducta mencionado anteriormente.
Igualmente, todos ellos deberán comunicar de manera inmediata al Órgano de Compliance cualquier acción para evitar o remediar la eventual comisión de un delito o potencial delito del que sean conocedores y/o que se esté gestionando sin la intervención aparente del Órgano de Compliance.
Además, se espera que todos los Miembros de la Organización se adhieran a la presente Política de Compliance, asistan a las sesiones de formación que, en materia de Compliance, se determinen con motivo de su función o cargo en la Organización, y faciliten de manera inmediata la información y documentación que solicite el Órgano de Compliance.
4. Declaración de Conocimiento y Cumplimiento
La presente Política se entrega y está a disposición de todos los Miembros de la Organización en la Intranet corporativa.
Asimismo, MCI pondrá la presente Política a disposición de terceras partes a través de su página web corporativa
Para los Miembros de la Organización que ocupen posiciones especialmente expuestas a un Riesgo penal, se solicitará su declaración anual de conformidad con esta Política de Compliance.
5. Consecuencias del incumplimiento
De conformidad con lo establecido en el Código Ético y de Conducta así como en la Política de Compliance, todos los Sujetos afectados por este documento, con independencia de su nivel jerárquico y ubicación geográfica o funcional, tienen la obligación de cumplir con los principios y procedimientos establecidos en dichos textos, en cuanto les sea de aplicación.
Igualmente, a los efectos de velar por el correcto desarrollo del Sistema de gestión de Compliance, se les insta a que denuncien cualquier contravención de los mismos, a través del Canal de Denuncias de MCI.
Para constatar lo señalado en el párrafo anterior, MCI cuenta con un Sistema Disciplinario en materia de Compliance que constituye la guía interna que permite probar la efectiva implantación del Sistema de Gestión de Compliance de MCI como medio a través del cual sancionar, por aplicación de la normativa laboral vigente o la que, en su caso proceda por razón de la relación profesional con MCI, las infracciones e incumplimientos normativos del cuerpo normativo del Sistema de Gestión de Compliance de aplicación a la organización compuesto, entre otros, por: Código Ético y de Conducta de MCI, de sus políticas y procedimientos internos; así como de las leyes y normativa vigente de aplicación o mejores prácticas del mercado.
Por lo tanto, el Sistema Disciplinario responde a lo establecido en nuestro Código Penal, y aplica igualmente a otros incumplimientos previstos Sistema de Gestión de Compliance.
Las medidas que se adopten desde una perspectiva laboral serán respetuosas con la normativa aplicable, sin que por ello pierdan contundencia o proporcionalidad con la gravedad de los hechos de los que traigan causa, informando si procede a los Representantes Legales de los Trabajadores.
En el caso que se confirme que la actuación de algún Miembro de la Organización pudiera ser constitutiva de un ilícito penal imputable a la persona jurídica, tal circunstancia será puesta de manifiesto a las Autoridades Públicas competentes para su conocimiento y persecución. Tal comunicación se acompañará con las evidencias y/o indicios que se hayan podido recopilar al respecto.
ESTADO DE REVISIÓN/MODIFICACIÓN DE DOCUMENTOS | ||
Edición No. | Fecha | Razón de la revisión |
02 | 05/02/2025 | Actualización logos e inclusión MCI Latam |
Preparado por Responsable SIG |
Revisado por Directora General |
Aprobado por CEO |
Nombre: Fátima Guillén Grande Fecha: 05/02/2025 |
Nombre: Agathi Kanellou Fecha: 05/02/2025 |
Nombre: Fátima Guillén Grande Fecha: 05/02/2025 |
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